A finales del 2022, el 27 de diciembre, se publicó el Anexo 8 a la Resolución de la Miscelánea Fiscal 2023 con las nuevas tarifas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas, las cuales se actualizaron de acuerdo a la inflación generada desde noviembre de 2020 hasta noviembre de 2022.
A continuación, te contaremos todo lo que debes saber sobre el ISR 2023: actualización de tarifas, en quiénes aplican y las implicaciones que tendrán los ajustes.
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las personas morales deben pagar una tasa fija de ISR, sin importar sus ingresos. Por su parte, en el caso de las personas físicas, se aplican tarifas con base en sus ingresos y con diferentes periodicidades: semanal, quincenal, catorcenal, mensual, entre otros.
Esa misma ley indica que las tarifas con las que se calcula el ISR para personas físicas se debe actualizar con base en el aumento inflacionario. Por ello, cuando este aumento sea de más del 10% en relación a la última actualización de las tarifas, debe actualizarse nuevamente el cálculo de ISR. En 2021 fue la última actualización en la que aumentaron las tarifas de ISR con base en la inflación hasta el 2020.
El ISR se calcula con base en los ingresos percibidos por sueldos y salarios, arrendamiento de inmuebles, actividades artísticas o deportivas, fabricación, comercialización, prestación de servicios profesionales y premios obtenidos.
Las cantidades relacionadas con el ISR no cambiaron, sino el límite por el que se incrementa dicho impuesto. A algunas personas físicas puede beneficiarles esta actualización, ya que el ISR aumenta o disminuye con base en sus ingresos.
A continuación, te dejamos una tabla con el monto de ingresos diarios para calcular el ISR:
Para Ingresos de $ | Hasta Ingresos de $ | Subsidio para el empleo diario |
0.01 | 58.19 | 13.39 |
58.20 | 87.28 | 13.38 |
87.29 | 114.24 | 13.38 |
114.25 | 116.38 | 12.92 |
116.39 | 146.25 | 12.58 |
146.26 | 155.17 | 11.65 |
155.18 | 175.51 | 10.69 |
175.52 | 204.76 | 9.69 |
204.77 | 234.01 | 8.34 |
234.02 | 242.84 | 7.16 |
242.85 | En adelante | 0.00 |
Tabla para calcular ISR 2023 anual:
Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % para aplicarse sobre el excedente del límite inferior |
$ | $ | $ | % |
0.01 | 2,238.12 | 0 | 1.92 |
8,952.50 | 75,984.55 | 171.88 | 6.4 |
75,984.56 | 133,536.07 | 4,461.94 | 10.88 |
133,536.08 | 155,229.80 | 10723.55 | 16.00 |
155,229.81 | 185,852.57 | 14,194.54 | 17.92 |
185,852.58 | 374,837.88 | 19,682.13 | 21.36 |
374,837.89 | 590,795.99 | 60,049.40 | 23.52 |
590,796.00 | 1,127,926.84 | 110,842.74 | 30.00 |
1,127,926.85 | 1,503,902.46 | 271,981.99 | 32.00 |
1,503,902.47 | 4,511,707.37 | 392,294.17 | 34.00 |
4,511,707.38 | En adelante | 1,414,947.85 | 35.00 |
Para calcular el pago de ISR 2023 se deben seguir estos pasos:
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