De acuerdo con lo establecido en el artículo 132 fracción XXVI Bis de la Ley Federal del Trabajo, es obligación de las empresas afiliarse al instituto FONACOT. Para agilizar el proceso de inscripción se han dispuesto herramientas en línea, sin embargo es necesario concluir el proceso en la oficina correspondiente al domicilio fiscal dado de alta por la empresa.
Los requerimientos para concluir el procedimiento de afiliación pueden resultar molestos, principalmente por el tiempo que se tiene que invertir para llevarlo a cabo y las dificultades que se presentan en la institución, la que no cuenta con la capacidad e infraestructura para atender de manera eficiente el número de solicitantes de inscripción. Esto es un poco contradictorio porque, mientras que desde el 2012 con la reforma a la Ley Federal del Trabajo la inscripción es obligatoria, hasta el momento no se han solucionado las dificultades que se presentan, sin embargo tiene que llevarse a cabo para que los trabajadores puedan solicitar un crédito.
Una vez que la empresa se encuentra inscrita al instituto se deben emplear algunas herramientas para la administración de los créditos otorgados a los trabajadores, y en caso de no contar con personal con la capacitación y disponibilidad de tiempo para encargarse de ello, una excelente opción es optar con los servicios de una empresa con Servicio Especializado del Proceso de Nómina. En Nomitek proporcionamos a las empresas la capacitación y herramientas necesarias para el control de los créditos otorgados por el instituto y de las actividades que se requieren para su administración, de modo que se faciliten las tareas de la empresa.
Si ustedes están interesados en asesores especializados en administración de nómina con herramientas que les permitan agilizar procesos de gestión y control de diferentes actividades relacionadas con la operación de la empresa en Nomitek somos una excelente opción. Contáctenos para solicitar información detallada acerca de nuestros servicios, en Nomitek con gusto los atenderemos.
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