Todo lo que debes saber sobre las nuevas cuotas del IMSS para enero 2023

Publicado: 26 diciembre, 2022

El 16 de diciembre de 2020, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó un decreto en el que se reformaron, añadieron y derogaron disposiciones a la Ley del Seguro Social y a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro que entrarán en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2023 y se incrementarán de forma gradual hasta el año 2030.

Hoy en el blog de Nomitek te contaremos todo lo que debes saber sobre las nuevas disposiciones para que vayas preparándote y cumplas con las obligaciones de tu empresa.

Reforma al Artículo 168

El decreto publicado en el DOF reforma al Artículo 168 Fracción II y IV de la Ley del Seguro Social y deroga la fracción III. Esta modificación se refiere a los porcentajes de la cuota patronal para la cesantía por edad avanzada y vejez, los cuales deben ser considerados con base en el salario base de cotización (SBC) que tenga el trabajador.

Los patrones pueden guiarse en la siguiente tabla para cubrir la cuota correspondiente:

*SM Salario mínimo

**UMA Unidad de Medida de Actualización

Cuota social a los trabajadores

La siguiente modificación consiste en la derogación de la ley que indica que los trabajadores cubrirán una cuota del 1.125% sobre su salario base de cotización. El cambio indica que, por cada día de salario cotizado, el Gobierno Federal aportará mensualmente una cantidad por concepto de cuota social.

Este beneficio lo tendrán los trabajadores que ganen hasta cuatro veces la UMA y se depositará en la cuenta individual del trabajador asegurado con base en esta tabla:

 

Este decreto también modifica el monto a pagar en la Modalidad 40 del IMSS. El porcentaje de incremento entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y se irá incrementando anualmente un 1.0906% hasta el 2030 para aumentar del 11.164% al 18.803%.

El incremento gradual que se hará en las cuotas patronales aplicadas al Salario Base de Cotización del trabajador representa un posible impacto para las empresas, ya que desde el año 1997 no se hacían modificaciones en este rubro.

El mes de julio de ese año se estableció el porcentaje patronal de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez de 3.150% y no había tenido variaciones durante todos estos años.

Sin embargo, debes tener en cuenta que en la tabla de rango de los salarios hay inconsistencias, específicamente en el salario mínimo, el cual a partir del 1 de enero de 2023 llegará a $312 pesos diarios en la frontera norte y a $204 pesos diarios en el resto del país. Por su parte el valor diario de la UMA es de $96.22 pesos.

Por lo anterior, te recomendamos usar las tablas solo como referencia para evitar las discrepancias y posibles errores.

¿Cómo afrontarán las empresas estos cambios?

En primera instancia, las empresas deberán ajustar la nómina de los empleados para adaptarla al nuevo aumento al salario mínimo anunciado a finales del 2022 y que aplicarán a partir del 1 de enero de 2023.

Posteriormente, tendrán que modificar los sistemas que utilicen para el pago de la nómina y las contribuciones correspondientes, de modo que puedan programar las nuevas cuotas patronales y cubrirlas mes con mes a partir del ejercicio 2023 para evitar multas o sanciones.

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Además, con nuestro sistema podrás emitir recibos de nómina en la versión de CFDI 4.0, que si bien aún no ocasionará sanciones su incumplimiento, lo mejor es cumplir con las disposiciones del SAT lo antes posible y adaptarte a los nuevos requerimientos.

En Nomitek estamos preparados para los cambios que se avecinan y queremos ayudar a las empresas mexicanas para evitar cualquier dificultad y simplificar sus procesos. Conoce más sobre las soluciones de nómina y CFDI que en Nomitek tenemos para ti y llámanos al teléfono (55) 4122 2600, escríbenos al correo korue@nomitek.com.mx , o mándanos un mensaje por WhatsApp 👉 https://wa.link/s98fze. Te atenderemos con mucho gusto.